TÍTULO IV. De los contratos de utilización del buque · CAPÍTULO II. Del contrato de fletamento · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 205. Fletamento para el transporte de mercancías determinadas en régimen de conocimiento de embarque.
El fletamento también puede referirse al transporte de mercancías determinadas por su peso, medida o clase. En este caso, las condiciones del contrato podrán figurar en el conocimiento de embarque u otro documento similar.
Texto oficial de Ley de Navegación Marítima (BOE-A-2014-7877). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 205. Fletamento para el transporte de mercancías determinadas en régimen de conocimiento de embarque. — Ley de Navegación Marítima · BOE Fácil