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TÍTULO V. De los contratos auxiliares de la navegación · CAPÍTULO III. Del contrato de practicaje

Artículo 328. Responsabilidad por daños durante la ejecución del practicaje.

Texto oficial de Ley de Navegación Marítima (BOE-A-2014-7877). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 328. Responsabilidad por daños durante la ejecución del practicaje. — Ley de Navegación Marítima · BOE Fácil