TÍTULO VI. De los accidentes de la navegación · CAPÍTULO II. De la avería gruesa
Artículo 348. Sacrificios admisibles en avería gruesa.
Texto oficial de Ley de Navegación Marítima (BOE-A-2014-7877). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
