TÍTULO X. Certificación pública de determinados expedientes de derecho marítimo · CAPÍTULO III. De la liquidación de avería gruesa
Artículo 506. Objeto del expediente y legitimación.
En caso de que los interesados en un viaje marítimo no llegasen a un acuerdo para la liquidación privada de la avería gruesa, cualquiera de ellos podrá dirigirse a un notario solicitando se tramite el expediente que se regula a continuación.
Texto oficial de Ley de Navegación Marítima (BOE-A-2014-7877). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 506. Objeto del expediente y legitimación. — Ley de Navegación Marítima · BOE Fácil