CAPÍTULO II. Órganos de gobierno y régimen de funcionamiento
Artículo 8. Régimen jurídico del Consejo.
El régimen jurídico del Consejo de Administración, así como las facultades y atribuciones de sus vocales y demás miembros, será el previsto en el capítulo II, del título II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en este Estatuto.
Texto oficial de Real Decreto del Estatuto del IDAE (BOE-A-2014-834). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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