Disposición adicional cuarta. Revisión de la retribución correspondiente al primer periodo de 2013, segundo periodo de 2013 y del año 2014 a varias empresas distribuidoras de energía eléctrica con menos de 100.000 clientes conectados a sus redes.
Como consecuencia de las solicitudes de revisión realizadas al amparo de lo recogido en el anexo I de la Orden IET/221/2013, de 14 de febrero, por varias empresas distribuidoras de energía eléctrica, se procede a la revisión de la retribución al primer periodo de 2013, segundo periodo de 2013 y del año 2014 que pasarán a ser las recogidas en siguiente tabla:
Texto oficial de Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, por la que se aprueban los parámetros retributivos y se establece el mecanismo de asignación del régimen retributivo específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares (BOE-A-2014-8447). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.