orden · BOE-A-2014-8447
Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto, por la que se aprueban los parámetros retributivos y se establece el mecanismo de asignación del régimen retributivo específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/8/2014
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden aprueba los parámetros retributivos y el mecanismo de asignación del régimen retributivo específico para nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, otorgado mediante subasta salvo para un cupo de hasta 450 MW eólicos en Canarias que queda exceptuado del mecanismo de subasta.
A quién afecta: Los promotores de nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los territorios no peninsulares, el Secretario de Estado de Energía, y los consumidores eléctricos que financian el extracoste de generación de estos sistemas a través de los peajes o de los Presupuestos Generales del Estado.
- El régimen retributivo específico se otorga mediante subastas convocadas por el Secretario de Estado de Energía, en las que el concepto a subastar es el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo de referencia.
- Se exceptúa del mecanismo de subasta, hasta un cupo máximo de 450 MW, la introducción de nuevas instalaciones eólicas en Canarias, para agilizar su ejecución dado el alto grado de obsolescencia del parque de generación canario (41% con más de 20 años de antigüedad).
- Se establece un incentivo adicional a la inversión para determinadas instalaciones eólicas y fotovoltaicas en Canarias, Ceuta y Melilla, donde la generación convencional resulta significativamente más cara que en Baleares.
- La solicitud de participación en el mecanismo de subasta y de inscripción en el Registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación es obligatoriamente electrónica.
- El extracoste de generación en los sistemas eléctricos no peninsulares se había incrementado un 38% desde 2009, mientras que la cobertura de la demanda con renovables era de solo el 2,3% en Baleares y el 7,6% en Canarias en 2013, frente a más del 40% del total nacional.
¿Cómo se otorga el régimen retributivo específico a las nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas no peninsulares?
Mediante subastas convocadas por el Secretario de Estado de Energía, subastándose el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo de referencia.
¿Qué excepción se establece para las instalaciones eólicas en Canarias?
Un cupo de hasta 450 MW queda exceptuado del mecanismo de subasta, para acelerar la ejecución de instalaciones eólicas dado el elevado grado de obsolescencia del parque de generación canario.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Orden IET/221/2013, de 14 de febrero, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2013 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial (1 menciones)
- Cita a: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (1 menciones)
- Modificada por: Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban determinadas instalaciones tipo y parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos (2 notas)
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