ANEXO III. Código de la clasificación económica de los ingresos del Presupuesto del Estado, Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros organismos públicos · CAPÍTULO 8. Activos financieros
Artículo 80. Enajenación de deuda del sector público.
Comprende los ingresos procedentes de la venta de todo tipo de deuda del sector público, a corto y largo plazo, y documentada en títulos valores, anotaciones en cuenta, o cualquier otro documento, excepto contrato de préstamo.
Concepto 800. Enajenación de deuda del sector público a corto plazo.
Comprende los ingresos obtenidos por la enajenación de deuda del sector público, con vencimiento no superior a 12 meses.
Concepto 801. Enajenación de deuda del sector público a largo plazo.
Comprende los ingresos obtenidos por la enajenación de deuda del sector público, con plazo de vencimiento superior a 12 meses.
Texto oficial de Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica (BOE-A-2014-879). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.