ANEXO III. Código de la clasificación económica de los ingresos del Presupuesto del Estado, Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros organismos públicos · CAPÍTULO 8. Activos financieros
Artículo 83. Reintegros de préstamos concedidos fuera del sector público.
Recoge los ingresos procedentes de reintegros de préstamos o anticipos concedidos a entidades no pertenecientes al sector público, con o sin interés, con plazo de reembolso a corto y largo plazo.
Concepto 830. Reintegros de préstamos concedidos fuera del sector público a corto plazo.
Comprende los reintegros de préstamos y anticipos concedidos a entidades no pertenecientes al sector público, cuando el plazo de vencimiento no sea superior a 12 meses.
Los reintegros de préstamos y anticipos hechos a funcionarios y personal laboral, se recogerán en el subconcepto 08 «A familias e instituciones sin fines de lucro».
Concepto 831. Reintegros de préstamos concedidos fuera del sector público a largo plazo.
Comprende los reintegros de préstamos y anticipos concedidos a entidades no pertenecientes al sector público, cuando el plazo de vencimiento sea superior a 12 meses.
Los reintegros de préstamos y anticipos hechos a funcionarios y personal laboral, se recogerán en el subconcepto 08 «A familias e instituciones sin fines de lucro».
Texto oficial de Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica (BOE-A-2014-879). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.