ANEXO IV. Código de la clasificación económica de los gastos del Presupuesto del Estado, Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros organismos públicos · CAPÍTULO 8. Activos financieros
Artículo 89. Suscripción de acciones y aportaciones a Instituciones Financieras Internacionales.
Compra de títulos representativos de la propiedad del capital y aportaciones al patrimonio de organismos internacionales siempre que se reciban, por igual valor, activos financieros o un aumento en la participación del organismo y existan expectativas de recuperación de las aportaciones. En otro caso las aportaciones deberán considerarse como transferencias de capital.
Concepto 890. Suscripción de acciones y aportaciones a Instituciones Financieras Internacionales.
Compra de títulos representativos de la propiedad del capital y aportaciones al patrimonio de instituciones financieras internacionales.
Texto oficial de Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica (BOE-A-2014-879). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.