ANEXO IV. Código de la clasificación económica de los gastos del Presupuesto del Estado, Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros organismos públicos · CAPÍTULO 9. Pasivos financieros
Artículo 91. Amortización de préstamos en moneda nacional.
Cancelación de préstamos en moneda nacional contraídos o asumidos por el Estado, organismos autónomos, agencias estatales u otros organismos públicos y obtenidos de entes del sector público o del sector privado.
Concepto 910. Amortización de préstamos a corto plazo de entes del sector público.
Cancelación de préstamos en moneda nacional contraídos o asumidos por el Estado, organismos autónomos, agencias estatales u otros organismos públicos obtenidos del sector público, cuyo plazo de vencimiento no sea superior a 12 meses.
Concepto 911. Amortización de préstamos a largo plazo de entes del sector público.
Cancelación de deudas a que se refiere el concepto 910 cuando el plazo de vencimiento sea superior a 12 meses.
Concepto 912. Amortización de préstamos a corto plazo de entes de fuera del sector público.
Cancelación de préstamos en moneda nacional, contraídos o asumidos por el Estado, organismos autónomos, agencias estatales y otros organismos públicos y obtenidos fuera del sector público, cuyo plazo de vencimiento no sea superior a 12 meses.
Concepto 913. Amortización de préstamos a largo plazo de entes de fuera del sector público.
Cancelación de deudas a que se refiere el concepto 912 cuando el plazo de vencimiento sea superior a 12 meses.
Texto oficial de Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica (BOE-A-2014-879). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.