CAPÍTULO II. Tasas aplicables por la prestación de determinados servicios por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) · Sección 6.ª Tasas por supervisión e inspección de determinadas personas o entidades · Subsección 1.ª Tasas por supervisión e inspección de los requisitos de solvencia y actividad de determinadas personas o entidades inscritas en los registros oficiales de la CNMV
Artículo 55. Sujeto pasivo.
Serán sujetos pasivos las ESI, EAFN, SGIIC, SGEIC, SGFT, IIC, ECR, Sociedades de Inversión Colectiva de tipo cerrado (SICC) autogestionadas, FCRE, FESE y entidades depositarias de IIC, ECR, EICC, FCRE y FESE inscritas en los registros oficiales de la CNMV a la fecha de devengo, excepto aquellas que en la fecha de devengo se encuentren en proceso de liquidación o absorción y lo hayan notificado a la CNMV mediante el oportuno hecho relevante.
> <small>Se modifica por la disposición final 8.7 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo. [Ref. BOE-A-2023-7053#df-8](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7053)</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 9.6 de la Ley 5/2015, de 27 de abril. [Ref. BOE-A-2015-4607](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-4607)</small>
Texto oficial de Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (BOE-A-2014-9895). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.