«TÍTULO VII. Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario · CAPÍTULO III. Procedimiento de recuperación en otros supuestos
Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882:
Uno. Se añade un nuevo artículo 614 bis, con la siguiente redacción:
«Una vez iniciado el proceso penal por delito contra la Hacienda Pública, el juez de lo penal decidirá acerca de las pretensiones referidas a las medidas cautelares adoptadas al amparo del artículo 81 de la Ley General Tributaria.»
Dos. Se añade un nuevo título X bis en el libro II, integrado por los artículos 621 bis y 621 ter, con la siguiente redacción:
Texto oficial de Ley de la Lista de Morosos de Hacienda (BOE-A-2015-10143). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882. — Ley de la Lista de Morosos de Hacienda · BOE Fácil