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CAPÍTULO IV. Utilización de medios electrónicos · Sección 2.ª Notificación electrónica

Disposición adicional primera. Adaptación a los órganos de las comunidades autónomas.

Texto oficial de Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (BOE-A-2015-10304). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición adicional primera. Adaptación a los órganos de las comunidades autónomas. — Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales · BOE Fácil