TÍTULO III. El Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual · CAPÍTULO V. Relación con los Registros autonómicos de prestadores del servicio de comunicación audiovisual y colaboración entre los mismos
Artículo 34. Colaboración del Registro estatal con los Registros autonómicos.
Texto oficial de Real Decreto 847/2015, de 28 de septiembre, por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad (BOE-A-2015-10394). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
