Disposición adicional primera. Título habilitante de Renfe Viajeros, S.A.
Renfe Viajeros, S.A. dispondrá de un título habilitante para operar en el corredor Levante, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley del Sector Ferroviario, quedando sometida a las mismas condiciones establecidas en los artículos 12 y 14 de esta orden.
Texto oficial de Orden FOM/1977/2015, de 29 de septiembre, sobre el procedimiento de licitación para el otorgamiento del título habilitante para la realización del transporte ferroviario de viajeros previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 2014, por el que se determina el número y vigencia de títulos habilitantes para la prestación de servicios de transporte ferroviario de viajeros en régimen de concurrencia en determinadas líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General (BOE-A-2015-10481). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.