CAPÍTULO III. Funcionamiento · Sección 1.ª Régimen de la comisión
Artículo 19. Secciones.
1. Las Secciones de la Comisión General de Codificación serán cinco: la primera, de Derecho Civil; la segunda, de Derecho Mercantil; la tercera, de Derecho Público; la cuarta, de Derecho Penal, y la quinta, de Derecho Procesal.
2. Cada Sección estará integrada por su Presidente y los vocales que se le asignen.
Texto oficial de Real Decreto 845/2015, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Comisión General de Codificación (BOE-A-2015-10491). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Secciones. — Real Decreto 845/2015, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Comisión General de Codificación · BOE Fácil