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TÍTULO I. Representación de valores negociables por medio de anotaciones en cuenta · CAPÍTULO I. Disposiciones comunes · Sección 1.ª La anotación en cuenta como modalidad de representación de los valores negociables

Artículo 5. Reversibilidad de la representación de los valores por medio de anotaciones en cuenta.

Texto oficial de Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial (BOE-A-2015-10637). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.