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TÍTULO II. Compensación y liquidación de valores · CAPITULO III. Liquidación de valores · Sección 3.ª Reglas aplicables al procedimiento de liquidación de valores negociables

Artículo 79. Comunicación, aceptación y ejecución de órdenes de transferencia de valores y efectivo.

Texto oficial de Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial (BOE-A-2015-10637). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 79. Comunicación, aceptación y ejecución de órdenes de transferencia de valores y efectivo. — Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial · BOE Fácil