TÍTULO VI. Registro, inspección y régimen sancionador
Artículo 20. Inscripción en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica.
**(Anulado)**
> <small>Se declara contrario al orden constitucional de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo por Sentencia del TC 68/2017, de 25 de mayo. [Ref. BOE-A-2017-7644](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-7644)</small>
Texto oficial de Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo (BOE-A-2015-10927). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.