TÍTULO V. Delitos contra el patrimonio en el ámbito militar
Disposición final octava. Entrada en vigor.
La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplicará a todos los hechos punibles que se cometan a partir de su vigencia.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 14 de octubre de 2015.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**MARIANO RAJOY BREY**
Texto oficial de Ley Orgánica del Código Penal Militar (BOE-A-2015-11070). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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