TÍTULO VI. Del fomento y reconocimiento de la acción voluntaria
Disposición final cuarta. Título competencial.
Esta Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, en virtud del cual, el Estado tiene competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
Texto oficial de Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (BOE-A-2015-11072). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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