TÍTULO I. Del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 3. Régimen patrimonial.
1. El patrimonio del Instituto está integrado, además de por aquellos bienes que le sean adscritos por la Administración General del Estado, por los inmuebles, suelo, bienes y derechos de la extinta Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, de los extintos Patronatos de Casas Militares, del extinto Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y del Servicio Militar de Construcciones, así como por las viviendas calificadas como viviendas militares y aquellos bienes y derechos que adquiera en el curso de su gestión o que le sean incorporados por cualquier persona pública o privada y por cualquier título.
2. Asimismo, el INVIED podrá gestionar, enajenar o realizar cualquier otro negocio jurídico permitido por las leyes respecto de los bienes que se hayan puesto o se pongan a disposición del INVIED a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba este estatuto y de aquellos que ya fueron puestos a disposición de la extinta Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.
Texto oficial de Real Decreto 924/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (BOE-A-2015-11161). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.