Disposición adicional quinta. Régimen del personal de los organismos y unidades suprimidos.
1. Las unidades administrativas y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General, encuadrados en los organismos afectados por este real decreto, pasarán a depender de las subdirecciones generales del INTA, de acuerdo con las funciones atribuidas a cada una de ellas en el estatuto que se aprueba por medio de este real decreto, sin perjuicio de las medidas de desarrollo que pudieran adoptarse.
2. A todo el personal afectado por la integración se le respetará la situación administrativa o laboral en que se encuentre en el momento de entrada en vigor de este estatuto y continuará percibiendo sus retribuciones con cargo a los créditos a los que venían imputándose hasta que se adopten las medidas de desarrollo de este real decreto.
3. Los empleados públicos de los órganos, organismo autónomo y de las unidades administrativas suprimidas se integrarán en su totalidad en el INTA.
Texto oficial de Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (BOE-A-2015-11162). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.