CAPÍTULO IV. Régimen económico de la Oficina y distribución del producto obtenido
Artículo 15. Distribución de los recursos.
La distribución de los recursos entre los beneficiarios tendrá lugar mediante acuerdo de la Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito, en el marco de los criterios que serán definidos anualmente mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.
Texto oficial de Regulación de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (BOE-A-2015-11427). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Distribución de los recursos. — Regulación de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos · BOE Fácil