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TÍTULO I. Organización y funcionamiento del Registro · CAPÍTULO III. Colaboración administrativa

Artículo 33. Colaboración con otros organismos.

Texto oficial de Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (BOE-A-2015-11429). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 33. Colaboración con otros organismos. — Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones · BOE Fácil