CAPÍTULO III. Funcionamiento y composición del Observatorio de la Cadena Alimentaria
Artículo 12. Comisión Ejecutiva del Observatorio de la Cadena Alimentaria.
1. La Comisión Ejecutiva del Observatorio estará compuesta por el presidente, el vicepresidente, diez representantes elegidos por el Pleno de entre sus miembros debiéndose mantener la misma estructura de representación y el Secretario del Pleno, que actuará como Secretario de la Comisión.
2. La Comisión Ejecutiva ejercerá las funciones que expresamente le delegue el Pleno del Observatorio de la Cadena. Todos sus miembros tendrán voz y voto, a excepción del Secretario que sólo tendrá voz.
Texto oficial de Reglamento de la Ley de la Cadena Alimentaria (2015) (BOE-A-2015-1159). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Comisión Ejecutiva del Observatorio de la Cadena Alimentaria. — Reglamento de la Ley de la Cadena Alimentaria (2015) · BOE Fácil