CAPÍTULO IV. Consecuencias derivadas de la actuación inspectora
Artículo 28. Actuaciones en el ámbito de las obligaciones impuestas para el mantenimiento de los sistemas de información, seguimiento y análisis de los mercados.
Texto oficial de Controles de la Agencia de Información y Control Alimentarios (BOE-A-2015-1161). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
