TÍTULO VI. Normas Tributarias · CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos · Sección 1.ª Impuesto sobre el Valor Añadido
Artículo 69. Exención en las importaciones de bienes que se vinculen al régimen de depósito distinto del aduanero.
Con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, se añade una letra d) al artículo 65 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:
«d) Los bienes que se destinen a tiendas libres de impuestos que, bajo control aduanero, existen en los puertos y aeropuertos.»
Texto oficial de Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE-A-2015-11644). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 69. Exención en las importaciones de bienes que se vinculen al régimen de depósito distinto del aduanero. — Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 · BOE Fácil