TÍTULO VI. Prestaciones no contributivas · CAPÍTULO III. Disposiciones comunes a las prestaciones no contributivas
Disposición adicional cuarta. Consideración de los servicios prestados en segundo puesto o actividad a las Administraciones Públicas.
Texto oficial de Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
