CAPÍTULO III. Normas de ordenación, disciplina y supervisión
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de noviembre de 2015.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.
Texto oficial de Clasificación de Productos Financieros por Indicador de Riesgo (BOE-A-2015-11932). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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