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real decreto · BOE-A-2015-12047

Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia

Estado
Vigente
Publicación
7/11/2015
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Este real decreto aprueba el reglamento que regula el procedimiento administrativo para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, incluyendo el pago de la tasa y la acreditación de los conocimientos de idioma y cultura exigidos.

A quién afecta: Personas extranjeras que soliciten la nacionalidad española por residencia.

  • El pago de la tasa por la iniciación del expediente se realiza mediante el modelo normalizado del Ministerio de Justicia y no incluye el coste de las pruebas DELE ni de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE).
  • El Instituto Cervantes es el organismo habilitado para el desarrollo de las pruebas de idioma y de conocimientos constitucionales y socioculturales exigidas para obtener la nacionalidad.
  • Los solicitantes pueden acreditar el conocimiento básico del español mediante certificados académicos oficiales de nivel A2 o superior, quedando exentos de las pruebas específicas de validación.
  • Durante un periodo transitorio hasta el 30 de junio de 2017, las solicitudes en papel podían seguir presentándose ante el Registro Civil del domicilio del interesado, que las remitía a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
¿Qué organismo administra las pruebas de idioma y cultura para la nacionalidad española?

El Instituto Cervantes, que gestiona las pruebas DELE y de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE).

¿Puedo evitar la prueba de idioma si ya tengo un certificado oficial de español?

Sí, si se acredita un certificado académico oficial de nivel A2 o superior.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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