En los procedimientos en que resulte aplicable, el presente real decreto se considerará regulación específica y preferente respecto de otras normas reglamentarias. En particular, prevalecerá este real decreto sobre lo dispuesto en los artículos 220 a 224, 341 a 362, y 365 a 369 del Reglamento de la Ley del Registro Civil, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958, que mantendrán sin embargo su vigencia en la medida en que resulten aplicables a otros procedimientos.
Texto oficial de Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia (BOE-A-2015-12047). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.