TÍTULO V. Venta o comercialización · CAPÍTULO II. Venta o comercialización al público de artículos pirotécnicos y cartuchería
Artículo 125. Personas autorizadas para la venta y puesta a disposición del público de cartuchería.
Texto oficial de Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (BOE-A-2015-12054). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
