TÍTULO III. Depósitos · CAPÍTULO III. Depósitos auxiliares asociados a talleres de artículos pirotécnicos y cartuchería · Sección 1.ª Disposiciones sobre seguridad en los depósitos auxiliares
Artículo 97. Almacenes auxiliares subterráneos.
Texto oficial de Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (BOE-A-2015-12054). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
