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CAPÍTULO X. Requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles · Sección 2.ª Requerimiento de subordinación de fondos propios y pasivos admisibles

Artículo 78. Adopción del requerimiento de subordinación de fondos propios y pasivos admisibles.

Texto oficial de Reglamento de Desarrollo de la Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito (BOE-A-2015-12056). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.