CAPÍTULO III. Principios generales · Sección 1.ª Aspectos comunes a todos los procedimientos
Artículo 7. Lugar de las actuaciones.
El lugar de realización de las actuaciones que corresponden a la Sección Primera será el de su sede en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, salvo que, en los procedimientos de mediación o arbitraje, a solicitud de todas las partes, la Sección acuerde que se realice en otro lugar.
Texto oficial de Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (BOE-A-2015-12301). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Lugar de las actuaciones. — Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual · BOE Fácil