Disposición adicional segunda. Composición y funcionamiento de la Comisión Española de Historia Militar.
La CEHISMI estará compuesta por un presidente, cinco vocales natos, hasta cinco vocales electivos y un secretario.
El presidente será el Director del CESEDEN. La Comisión podrá designar entre sus miembros uno o varios vicepresidentes. Corresponde al Ministro de Defensa el nombramiento y cese de los vocales y del secretario, en las siguientes condiciones:
a) Vocales natos, habrá un representante de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural a propuesta de su Subdirector General, un representante del Instituto de Historia y Cultura Militar, un representante del Órgano de Historia y Cultura Naval y un representante del Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire, los tres a propuesta de sus directores respectivos, y un oficial del Servicio de Estudios Históricos de la Guardia Civil a propuesta de su Subdirector de Personal.
b) Vocales electivos, a propuesta del Director del CESEDEN, serán civiles o militares de reconocida especialización y prestigio.
c) Secretario, a propuesta del Director del CESEDEN, será un oficial destinado en el CESEDEN de acreditada especialización en el ámbito de la historia militar.
A las reuniones de la Comisión, el presidente podrá convocar a cuantas personas estime conveniente. Los convocados asistirán a la reunión con voz pero sin voto.
Como órgano de trabajo permanente y específico existirá una secretaría, constituida por el secretario de la Comisión y por el personal necesario para el cumplimiento de sus funciones. Dicha secretaría será atendida por personal destinado en el CESEDEN.
Texto oficial de Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2015-1232). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.