El centro docente beneficiario de la concesión podrá:
a) Exponer en su sede y locales el distintivo concedido al centro docente.
b) Utilizar el sello en la documentación propia del centro docente, así como, en su caso, en sus relaciones comerciales y publicitarias, atendiendo al cumplimiento de la normativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.
Texto oficial de Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable (BOE-A-2015-12692). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Efectos de la concesión. — Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, por la que se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable · BOE Fácil