TÍTULO V. Supervisión de grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras · CAPÍTULO II. Situación financiera del grupo · Sección 1.ª Solvencia de grupo · Subsección 1.ª Principios generales
Artículo 182. Publicidad de la estructura del grupo.
Las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las sociedades de cartera de seguros y las sociedades financieras mixtas de cartera, publicarán en sus páginas web con periodicidad anual, a nivel de grupo, la estructura jurídica y la estructura de gobernanza y organizativa, incluida una descripción de todas las filiales, sociedades vinculadas materiales y sucursales significativas que pertenezcan al grupo.
En caso de no disponer de página web, las entidades anteriores deberán enviar una copia electrónica de esta información a quien lo solicite, en un plazo máximo de diez días. La solicitud podrá estar referida a la información de los últimos cinco años como máximo.
Texto oficial de Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE-A-2015-13057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.