TÍTULO VII. Revocación, disolución y liquidación · CAPÍTULO III. Liquidación por el Consorcio de Compensación de Seguros
Disposición transitoria decimocuarta. Deber de información de las entidades aseguradoras y reaseguradoras respecto al ejercicio 2015 a presentar en el 2016.
Todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como sus grupos, deberán remitir la información correspondiente al ejercicio 2015, a la que se refiere el artículo 66 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, en los plazos establecidos en el citado artículo.
Texto oficial de Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE-A-2015-13057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria decimocuarta. Deber de información de las entidades aseguradoras y reaseguradoras respecto al ejercicio 2015 a presentar en el 2016. — Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras · BOE Fácil