Artículo 23. Procedimiento de concesión y convocatorias.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y en su caso con prorrateo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Los procedimientos de concesión de las ayudas se iniciarán de oficio, mediante convocatoria publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
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