Artículo 23. Procedimiento de concesión y convocatorias.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y en su caso con prorrateo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Los procedimientos de concesión de las ayudas se iniciarán de oficio, mediante convocatoria publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Texto oficial de Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine (BOE-A-2015-13207). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Procedimiento de concesión y convocatorias. — Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine · BOE Fácil