El presente real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para determinar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases del régimen minero y energético.
Texto oficial de Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes (BOE-A-2015-13208). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Título competencial. — Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes · BOE Fácil