CAPÍTULO I. Composición y organización del Consejo Asesor
Artículo 4. Presidencia y vicepresidencia.
1. El Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación nombrará, de entre los miembros del Consejo Asesor, a su presidente, que deberá tener prestigio reconocido en el ámbito de la investigación científica y técnica o de la innovación.
2. El presidente del Consejo Asesor nombrará al vicepresidente de entre sus miembros, a propuesta de al menos dos tercios de los consejeros.
Texto oficial de Real Decreto 1024/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación (BOE-A-2015-13250). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Presidencia y vicepresidencia. — Real Decreto 1024/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación · BOE Fácil