TÍTULO III. Situaciones administrativas · CAPÍTULO l. Disposiciones comunes
Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
1. Cualquier cambio de situación administrativa deberá ser publicado en el “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa”, excepto el pase a la situación de excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual y de ésta a cualquier otra.
2. Todo cambio de situación administrativa del militar será reflejado en su hoja de servicios.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.2 del Real Decreto 46/2025, de 28 de enero. [Ref. BOE-A-2025-1561](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-1561)</small>
Texto oficial de Adquisición y Pérdida de la Condición de Militar (BOE-A-2015-13485). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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