TÍTULO III. Situaciones administrativas · CAPÍTULO l. Disposiciones comunes
Artículo 15. Incompatibilidades.
El personal militar profesional, cuya condición militar no se encuentre en suspenso, estará sometido al régimen previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y al Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de incompatibilidades del personal militar.
Texto oficial de Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales (BOE-A-2015-13485). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Incompatibilidades. — Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales · BOE Fácil