CAPÍTULO III. Bases reguladoras específicas de las ayudas generales y selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto · Sección 2.ª Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto
Artículo 17. Cuantía.
La cuantía máxima de cada una de las ayudas podrá alcanzar un importe de 1.400.000 euros, siempre que dicho importe no supere el 40 % del coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada por Orden ECD/43/2016, de 22 de enero. [Ref. BOE-A-2016-718](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-718).</small>
Texto oficial de Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE-A-2015-14059). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.