CAPÍTULO VII. Ayudas para la organización de festivales y certámenes
Artículo 57. Resolución y pago de las ayudas.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de cuatro meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.
2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras notificación de la resolución de concesión.
Texto oficial de Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE-A-2015-14059). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.