Artículo 10. Áreas de conocimiento, materias y asignaturas.
A los únicos efectos de lo dispuesto en esta orden, por cada tipo de curso de los establecidos, su plan de estudios identificará las correspondientes áreas de conocimiento, las materias y las asignaturas de cada una de ellas, con la determinación de los créditos asignados a las mismas.
Contemplará igualmente dicho plan y en relación con los créditos, la carga de los mismos que se realizará en los diferentes períodos del curso.
Asimismo, reflejará expresamente, o con carácter general, las materias o asignaturas susceptibles de convalidación o reconocimiento.
Texto oficial de Orden PRE/2840/2015, de 29 de diciembre, por la que se regula el curso de complemento de formación para la integración e incorporación, con carácter voluntario, a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, regulada por la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2015-14285). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.